MODELO DE ESTATUTOS PARA COOPERATIVA DE CLASE



Estos estatutos son sólo una propuesta, los acuerdos definitivos deben ser negociados, modificados si es necesario y acordados para cada clase


ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE LA PROMOCIÓN 20___/____ 
GRUPO ___


  1. Establecemos esta asociación de familias de manera absolutamente libre y autónoma, con objeto de garantizar que nuestros hijos tengan material fungible, escolar e higiénico suficiente y de calidad a lo largo de todo el curso escolar.
  2. La cuantía de la cuota anual será determinada en Asamblea General por votación directa una vez consideradas las necesidades expuestas por el tutor o tutora y el remanente del curso anterior si lo hubiere. Se determinará como cuota la cantidad que obtenga mayoría simple de los votos en Asamblea General.
  3. Los socios deberán aportar la cantidad requerida para poder beneficiarse de los materiales adquiridos con las cuotas del resto de socios. De no hacerlo, perderán su condición de socio y el administrador de la cooperativa deberá comunicarlo al docente (y solo al docente) para que estas familias compren de manera individual los materiales necesarios para sus hijos.
  4. Se podrá requerir una aportación adicional a lo largo del curso si se agotara el capital social. En tal caso la cuantía será acordada en asamblea por mayoría absoluta de socios.
  5. Los socios no podrán reclamar el dinero aportado si por cualquier circunstancia tienen que abandonar la sociedad cooperativa (cambio de centro escolar, repetir curso, baja voluntaria)
  6. Las familias que se incorporen con el curso ya en marcha y quieran incorporarse a la sociedad, podrán beneficiarse de una reducción en la cuota coherente con la etapa.
    1. Una incorporación en el primer trimestre abonará el 100% de la cuota
    2. Una incorporación en el segundo trimestre abonará el 50%
    3.  Una incorporación en el tercer trimestre abonará el 30%
  7. Cuando se disuelva la Sociedad Cooperativa por fin de etapa, el remanente económico deberá liquidarse en beneficio de los menores. Las compras autorizadas para este fin son:
    1. Material escolar
    2. Regalo o recuerdo
    3. Desayuno especial
  8. El destino del capital social de la cooperativa es la compra de material escolar común, para garantizar que sea de buena calidad para todos y favorecer el ahorro de las familias. Por esta razón, el docente proporcionará una lista de material escolar adaptada a las necesidades académicas y número de alumnos y alumnas del aula, en la que se incluye:
    1. Papel
    2. Material de escritura (lápices, ceras, rotuladores, sacapuntas, gomas...)
    3. Material plástico (pinceles, pinturas, tijeras...)
    4. Jabón de manos
    5. Toallitas higiénicas
    6. Rollos de papel de cocina
  9. Desayunos especiales. El CEIP Reyes Católicos celebra dos desayunos especiales a lo largo de cada curso escolar, cuyo gasto es aportado por las familias. El primero de ellos con motivo de la Navidad. El segundo para celebrar el fin de curso. Se incluye este gasto como competencia de la cooperativa por ser un evento celebrado en horario escolar y por todo el alumnado de la clase. Cuando haya familias en clase no pertenecientes a la cooperativa, se calculará el importe por alumno y se requerirá a las familias externas la cuantía correspondiente para realizar la compra conjunta. Se pueden generar excepciones puntuales en familias no socias por circunstancias personales diversas, para las cuales se votará entre los socios si la cooperativa asume el importe correspondiente a dichos alumnos. Se asumirá el gasto si se obtiene el voto favorable de la mayoría de socios. En caso contrario, cualquier socio es libre de aportar la cuantía correspondiente a título personal con objeto de no discriminar al alumno afectado.
  10. Talleres didácticos en clase. Cualquier socio de la cooperativa puede proponer la realización de un taller didáctico relacionado con una unidad que estén trabajando en clase, o que considere de interés para la formación de los niños. Si ese taller conlleva un gasto justificado para materiales, deberá someterse a votación y se aprobará por mayoría de socios.
  11. Gastos extraordinarios. Se consideran gastos extraordinarios aquellos que no están relacionados con el desarrollo del curso académico y actividades contempladas en los apartados 8, 9 y 10 de los estatutos. Las propuestas de gasto más comunes son regalos para los niños en navidad y/o fin de curso, así como obsequio para el docente. La sugerencia de este tipo de gastos se realizará como opción a título personal, al margen de la cooperativa, para que se sumen sólo aquellas familias que de manera libre y voluntaria quieran participar. Sólo si a posteriori todos los socios han manifestado su adhesión a la iniciativa, se podrá plantear el uso de parte del capital social y la cuantía. En este punto de los estatutos cabe recordar el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007Real Decreto Legislativo 5/2015) que especifica en su artículo 54.6 “Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el código Penal
  12. Administrador. Se designará una persona entre los socios de la cooperativa para que ejerza las funciones de administración. La elección será por votación secreta en Asamblea General. El administrador debe ser una persona con contacto directo con el docente y con el delegado/a de clase para estar al corriente de las necesidades de gasto y poder ejercer con eficacia sus funciones. El administrador se encargará de:
    • Custodiar el capital social.
    • Recaudar las aportaciones acordadas en asamblea.
    • Informar al docente de las familias que no sean socias de la cooperativa.
    • No hacer público el motivo de una baja, aunque sea por impago.
    • Comprar los materiales requeridos por el docente.
    • Comprar los materiales necesarios para los desayunos especiales en los términos especificados en el apartado 9 de los estatutos.
    • Comprar los materiales necesarios para un gasto extraordinario en caso de haberse acordado el mismo por los socios en los términos especificados en el apartado 11 de los estatutos.
    • Comunicar al resto de socios los gastos que se realicen con justificación de los mismos (factura o ticket de compra)
    • Cuando sea necesario, dar dinero suficiente a otro socio para realizar una compra, comunicándolo al resto de socios y pidiendo justificación del gasto y el dinero sobrante.
    • Custodiar una copia de los estatutos firmada por todos los socios de la cooperativa.
    • Proporcionar una copia de los estatutos a todos los socios.
    • Informar a las familias interesadas en incorporarse a la cooperativa los términos de la misma, proporcionando una copia de los estatutos.
    • Informar al resto de socios de las nuevas incorporaciones e incluir su firma en la copia de los estatutos que custodia.
    • Informar al resto de socios de las bajas que se produzcan y eliminar las firmas correspondientes en la copia de los estatutos que custodia.
    • Disponer de un listado actualizado de socios con los datos de contacto oportunos con objeto de realizar comunicaciones concernientes a la cooperativa (nombre completo, teléfono de contacto, correo electrónico)
    • Custodiar el libro de contabilidad con el registro de gastos al día, así como conservar los justificantes de pago.
    • Rendir cuentas del capital social en Asamblea General, y cada vez que un socio se lo solicite.
    • Liquidar el capital social de la cooperativa cuando ésta se disuelva, según los términos determinados por los estatutos.

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